jueves, 16 de noviembre de 2017

El Análisis Empírico de los Informes Motivados: El Caso de las Cementeras

Publicado en Portafolio: http://www.portafolio.co/opinion/otros-columnistas-1/analisis-empirico-de-los-informes-motivados-caso-cementeras-analisis-511624

Agradezco a mis estudiantes haberme motivado a estudiar algunas limitaciones cognoscitivas de los agentes económicos. En este sentido la teoría económica ha estudiado lo que se denomina sesgo de confirmación que encuentro adecuada para entender el análisis empírico que hace la SuperIntendencia de Industria de Comercio (SIC) en su último informe motivado. Específicamente, me refiero al reciente informe sobre las cementeras en Colombia. El sesgo de confirmación consiste en la posibilidad de mal interpretar la evidencia empírica sobre algún fenómeno del cual se quiere conocer su verdadera naturaleza, en favor de aquella hipótesis que inicialmente se favorece. Francis Bacon (1561-1626), citado en Rabin y Scharg (1999), First Impressions Matter: A Model of Confirmation Bias, lo explica de forma sucinta: El entendimiento humano una vez ha adoptado una opinión, toma todas las demás cosas para respaldar y confirmar esta (traducción propia). Las consecuencias cognoscitivas de este sesgo es que se puede llegar a creer, eventualmente, en una hipótesis falsa.
En otras ocasiones he llamado la atención sobre la necesidad de usar la teoría económica para orientar el análisis de los problemas de competencia en el país y, a juzgar por el informe motivado mencionado, en esto hemos mejorado. Sin embargo, su utilización en este informe como forma de pensar sobre la evidencia económica observada (cantidades, precios, participaciones, beneficios, etc.) es deplorable y solo es entendible, en mi caso, apelando a un sesgo de confirmación marcado por parte de la SIC.  No tengo idea de la verdadera naturaleza del fenómeno observado, si las firmas conformaron o no un cartel durante el periodo investigado, y me parece entendible que exista una hipótesis que, con base en la evidencia fáctica, insumo principal de los abogados, inicialmente se favorezca la hipótesis de la existencia de un cartel. No tengo nada que decir sobre esa evidencia fáctica, ni pretendo defender una hipótesis u otra, mi punto es metodológico y se circunscribe al análisis empírico de la evidencia usando la teoría.
En términos generales toda la evidencia empírica y cuantitativa que presenta la SIC es consistente con un oligopolio dinámico, que compite en un mercado de un bien homogéneo (cemento gris) con una demanda inelástica y sin colusión. En efecto, la SIC llama la atención sobre cómo la teoría económica (página 232) ayuda a entender que, en un contexto dinámico, un oligopolio puede sostener un acuerdo colusivo tácito (precios y cantidades cercamos a un monopolio) como un equilibrio de Nash (una situación en la que ningún agente actuando en función de su propio beneficio, tiene incentivos unilaterales a desviarse). Esto está muy bien. Sin embargo, esa misma teoría económica dice que, en una interacción repetida de un oligopolio también se puede sostener como un equilibrio de Nash, un equilibrio sin colusión. No es entendible por qué el informe no resalta esta ambigüedad en la capacidad de la teoría de caracterizar de forma univoca las interacciones dinámicas y se presenta solo una parte de la historia. En concordancia con esa interpretación, se presenta una evidencia estadística que es absurda técnicamente. Cómo va ser la prueba de causalidad de Granger una prueba útil para detectar comportamiento colusivo de las firmas, si la hipótesis alterna a la causalidad no es que no hay colusión sino que, el conocimiento del precio de una firma no sirve para mejorar el pronóstico del precio de los demás? Y peor aún, usar esto como evidencia de que el acuerdo es concertado. Más de fondo, el punto metodológico es que, a lo largo de todo el informe, la SIC se dedica a verificar las hipótesis que inicialmente favorece y nunca a refutarlas. Es decir, metodológicamente practican el verificacionismo, en oposición al falsacionismo, este último, sello de identidad del método científico.

Utilizando datos provistos por una cementera, con mis colegas Natalia Serna y Juan David Martin, especificamos y estimamos un modelo de competencia oligopolistica, que comparte varias características del mercado del cemento en Colombia (Porter (1983). A study of cartel stability: the joint executive committee, 1880-1886). En nuestra aproximación, no se toma partida sobre si el comportamiento observado corresponde a un oligopolio o a un monopolio (cartel), sino que se deja que los datos hablen por si solos y arrojen evidencia de lo uno o lo otro (incluso situaciones intermedias). Hicimos pruebas usando como mercado el mercado nacional, mercados departamentales, usando el periodo de investigación y usando periodos más largos. En términos generales encontramos que no es posible rechazar la hipótesis de que el comportamiento observado es consistente con un mercado en competencia oligopolistica sin cartel. Esto contrasta con toda la evidencia estadística y cuantitativa mostrada por la SIC y llama la atención sobre la necesidad de hacer un análisis empírico que no solo consista en verificar la hipótesis preferida sino realmente, tratar de rechazar la hipótesis contraria. Este ejercicio bien podría haber sido hecho por la SIC, que tienen más y mejores datos que a los que nosotros tuvimos acceso. En resumen, la SIC parece sufrir de un sesgo de confirmación que tiene origen en la utilización de una metodología de inferencia que sobrepone el verificacionismo por encima del falsacionismo como metodología de aprendizaje sobre el mundo.

jueves, 8 de junio de 2017

Loterías Suicidas


Publicado en Portafolio: http://www.portafolio.co/opinion/otros-columnistas-1/alvaro-j-riascos-villegas-loterias-suicidas-analisis-506630


Por algunos años he tenido la afición de recopilar algunos de los mecanismos de asignación de recursos más absurdos que existen o han existido en Colombia. Finalmente, después de leer una nota del profesor Rakesh Vohra sobre una lotería suicida, mencionada en la novela de Marcus Clarke’s, For The Term of His Natural Life, caí en cuenta momentáneamente que, a pesar de todo, los colombianos quizás no estamos tan locos. 


Dice el mito, estudiado con detalle por Tim Causer en Norfolk Island’s ‘suicide lotterie’s: myth and reality, que a mediados del siglo XIX, las condiciones carcelarias de la isla Norfolk, cerca a Australia, eran tan dramáticas, que algunos convictos entraban en juegos extremos con el ánimo de ganarse la esperanza de aliviar el sufrimiento. En este juego, tres convictos elegían cada uno un palito entre tres, parcialmente cubiertos y aparentemente, de la misma longitud. Aquel que eligiera el más largo era la víctima, el segundo con el palito más largo era el victimario y el último el testigo. El trato era que el victimario le cortaba la cabeza a la víctima y los dos sobrevivientes del juego enfrentaban un posible juicio en una corte en Sydney, ganándose así una ligera posibilidad de, eventualmente, escapar. Mito o realidad, este juego es un ejemplo perfecto de un mecanismo aleatorio para asignar un servicio (¡y disfrutar de él!), el del victimario.



Menos espectacular, pero igualmente aleatorio, es la forma como algunas empresas públicas y privadas en Colombia contratan servicios, realizan licitaciones o en general, asignan algunos recursos. No es mérito exclusivo de los colombianos, pero algunos mecanismos de asignación de recursos en nuestro país son dignos de poner a competir en cualquier concurso de creaciones absurdas. No quiero sacar a relucir ningún victimario, solamente señalar que los he visto en práctica en algunas licitaciones públicas de infraestructura, del espectro electromagnético, contratación de servicios, y compra y venta de productos en mercados organizados. Las víctimas, por supuesto, somos todos los colombianos que pagamos el costo hundido de las ineficiencias del Estado, empresas y/o nuestra forma de organización económica. 



Una compañía en Bogotá licitó o licita la prestación de un servicio utilizando el mecanismo que describo a continuación (y estoy simplificando). Hasta una fecha límite, los interesados envían en sobre cerrado su oferta económica para la prestación del servicio (hasta ahí bien). Cuarenta días más tarde se registran los dos primeros decimales con los que cierra la tasa representativa del mercado (TRM). Estos dos números se utilizan para elegir uno de cinco mecanismos de acuerdo a la siguiente regla: el primer mecanismo, si los dos dígitos son menores que 20, el segundo, si son mayores que 20 y menores que 40, y así sucesivamente. Cada mecanismo determina un precio de referencia. Por ejemplo, en el primer mecanismo el precio de referencia es la menor oferta, en el segundo la mitad de la suma de la menor oferta más el promedio de todas las ofertas, en el tercero es la media geométrica de las ofertas y así, variaciones aberrantes de los mismos. El ganador de la licitación es aquel que más se aproxime por debajo al precio de referencia del mecanismo seleccionado. 



Otra empresa en Bogotá y algunas licitaciones públicas de infraestructura en Colombia, y en otras partes del mundo como en Italia, China, Chile, Perú, y Taiwán, por ejemplo, hacen algo un poco menos demencial que lo anteriormente descrito. Los agentes ofertan y se calcula un precio de referencia como la media geométrica o la media aritmética. El ganador es aquel que más se aproxima por debajo al precio de referencia. Este mecanismo tiene una motivación económicamente razonable y es la de eliminar a los participantes con ofertas demasiado bajas, ya que estas son señales de baja calidad, o incertidumbre sobre las verdaderas capacidades de cumplir con sus obligaciones. Es, sin embargo, una pésima forma de atacar ese problema y un mecanismo socialmente ineficiente (no gana el de menor costo). Peor aún, en el mejor de los casos (cuando los participantes son racionales en el sentido de la teoría de juegos), los equilibrios son el resultado de ofertas estratégicas aleatorias o concentradas en el precio de reserva. Para rematar, alguna vez oí decir, como justificación, que, como era una forma casi aleatoria de asignar un bien o contratar un servicio, era un buen mecanismo para garantizar que empresas pequeñas interesadas, en este caso, en adquirir parte del espectro electromagnético, también tuvieran oportunidad de ganar en la licitación. Esto es como hacer dos equipos de fútbol en el recreo del colegio, usando el orden alfabético de los alumnos. No tiene ningún sentido desde un punto de vista de eficiencia, o de bienestar social, promover la competencia e igualdad de oportunidades usando un mecanismo aleatorio. 



Es una pena que, después de, más o menos, 70 años de fundada la teoría de juegos, progenitora de la teoría de subastas, quizás el logro más grande de la teoría económica, y de varios premios nobel, otorgados por el desarrollo de la teoría de diseño de mecanismos, sigamos asignando bienes y servicios de forma suicida.